28 de Marzo de 2024

Ayuntamiento no tenía plaza cívica

-El Gobierno de la Alcaldesa Citlali Medellín avalado por el cuerpo edilicio decidió devolver el atrio de la iglesia

DE LA REDACCIÓN

Tras las publicaciones sin fundamento de ciertos medios de comunicación donde se presume que la supuesta plaza cívica ha sido perdida de los bienes municipales, el Honorable Ayuntamiento desmiente categóricamente esa información.

Este domingo 1 de abril, el Ayuntamiento decidió devolver el atrio de la iglesia que había sido adjudicada al Ayuntamiento como Plaza Cívica Miguel Hidalgo y Costilla, el cual no tenía razón de ser, ya que en administraciones pasadas se adjudicaron este espacio de manera ilegal.

De acuerdo a lo anterior, fue el cuerpo edilicio que decidió devolver este lugar a quien le correspondía de manera oficial, mediante un reconocimiento jurídico.

En relación al acto formal concertado en fecha 1 de abril del año en curso en punto de las 10 de la mañana con la comunidad católica de esta localidad, respecto de la plaza cívica que se ubica frente al Palacio Municipal, es menester puntualizar que la Ley general de bienes nacionales en sus artículos 1°,2°,6 fracción XXI, establece que existiendo una declaratoria de uso para fines de culto religioso, dichos inmuebles tendrán el carácter de bienes propiedad de la federación y que el goce y disfrute de estos, corresponderá a la institución religiosa fehaciente sus instalaciones para tales propósitos.

De tal forma que la plaza cívica no es propiedad de este Ayuntamiento si no de la nación y con la finalidad de seguir utilizando en forma común la explanada del atrio de dicha parroquia fue suscrita la minuta de referencia para, por una parte reconocer la legitimidad de dicho inmueble al demostrarse su legitimidad, ello en términos de la Ley de asociaciones religiosas y culto público en sus artículos 1 y 2 inciso F9 fracción 6, y además aplicables, y por la otra, asumir el compromiso oficial, de mantener en óptimas condiciones de salubridad, imagen urbana de dichas instalaciones, e impedir el asentamiento de comercio informal en esa área en sus diversas modalidades concertándose de forma indebida el uso de esta para la celebración de actos cívicos o de importancia vital para este Ayuntamiento.