25 de Abril de 2024

Alcaldes violan la ley

 

Por ley esa información tiene que presentarse a más tardar el día 25 del mes siguiente del estado financiero de que se trata. El estado tiene que ser elaborado por la Tesorería, revisado por la Comisión de Hacienda municipal —compuesta por el Síndico y el Regidor encargado de la Comisión de Hacienda—, y presentarlo al Ayuntamiento en sesión de Cabildo para la aprobación, observaciones y lo que corresponda, a fin de remitirse posteriormente al Congreso del Estado.

Sin embargo, muchas veces los presidentes municipales —que “afortunadamente no son muchos”— pasan las actas de Cabildo para firma y aprobación de estados financieros sin que hayan celebrado la sesión de Cabildo, por lo que se niega la firma, aunque aun así son presentados al Congreso, “pero nosotros los tenemos como no aprobados, porque no vienen así”.