A partir de este miércoles 8 de septiembre, ningún juez, en ninguna parte del país, podrá condenar a una mujer por abortar * También se revisará a los objetores de conciencia * En Veracruz van 44 carpetas de investigación por este delito.
Xalapa, Ver.
A partir de este miércoles 8 de septiembre, ningún juez, en ninguna parte del país, podrá condenar a una mujer por abortar, subrayó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, luego de que la SCJN aprobó la despenalización de la interrupción del embarazo.
El ministro explicó que los jueces ya no pueden castigar a una mujer por abortar voluntariamente, aunque los códigos penales estatales condenen dicho acto, “por disposición de la jurisprudencia de la Corte”.
“Aunque estén vigentes esos códigos (penales que penalizan el aborto) y sigan sin haberse derogado, de todos modos, los jueces no pueden condenar ya a una mujer a la cárcel o a una sanción penal, porque ya existe la jurisprudencia de la Corte”.
Luis María Aguilar señaló que el Estado Mexicano tiene la obligación de propiciar las condiciones para que los abortos se realicen con “absoluta seguridad y sanidad clínica”.
“El Estado tiene la obligación de favorecer muchas condiciones para que esto (el aborto) se realice de la mejor manera; desde la información sobre la reproducción, controles de natalidad, pero también el hecho de que se proporcionen clínicas gratuitas, a cargo del Estado, para que se puedan realizar las interrupciones con absoluta seguridad y sanidad clínica”, destacó.