- Se quedó sin efecto el nombramiento de seis nuevos magistrados que se hizo el 20 de diciembre del 2022
Agencias
Xalapa
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dieron un nuevo revés, luego de que se extinguió el Tribunal de Justicia Administrativa (Tejav) para crear el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz (Trijaev).
Los expertos en derecho determinaron que la decisión de la mayoría del Congreso de Veracruz, por la que se extingue el antiguo Tejav y se ordena la liquidación de tres meses de pago a los cuatro magistrados de ese tribunal, es una afectación a la garantía constitucional de su independencia judicial.
Por lo tanto, ordenaron suspender el “despido y liquidación” de los magistrados nombrados en 2017, cuando se creó el órgano, y dejar sin efecto el nombramiento de seis nuevos magistrados que se hizo el 20 de diciembre del 2022.
En el mes de octubre fue avalado desaparecer el Tejav, para crear un nuevo organismo de carácter administrativo. El 20 de diciembre nombraron a seis nuevos magistrados administrativos.
Para lograr esa designación, se estableció un artículo transitorio en el que determinaban que tras la extinción del órgano, se concluía el periodo de nombramiento de los cuatro magistrados, y para indemnizarlos bastaba con liquidarlos con tres meses de salario.
Los tres magistrados fueron nombrados en el 2017, por diputados panistas a propuesta del entonces gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, su nominación era por un periodo de 10 años, con posibilidad de ser evaluados para una ratificación de cinco años.
Sin embargo, los ministros de la SCJN determinaron que la suspensión provisional de la remoción de los cuatro magistrados, en tanto se analiza de fondo la acción de inconstitucionalidad 266/2022.
Además, ordenaron la suspensión de la designación de los nuevos magistrados que fuero nombrados el 20 de diciembre.
“Cuando un acto impugnado en una controversia tenga potencial de poner en riesgo el cumplimiento de un lineamiento del cual depende la autonomía de un órgano primario del Estado, frente a los demás poderes, la protección de las instituciones fundamentales del ordenamiento jurídico debe entenderse como un criterio positivo de la apariencia del buen derecho y tomar en cuenta para evaluar el peligro de la demora, y lo que cobra relevancia en la posición de los órganos constitucionales autónomos en la actual concepción constitucional del principio de división de poderes construido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Los ministros valoran que el ordenar la indemnización por terminación de funciones equivalente a tres meses de percepción ordinaria, se traduce en una afectación a la garantía constitucional que corresponde al Tejav, consistente en la independencia judicial.
Con la sentencia se ordenó que los cuatro magistrados seguirán en funciones, y además, seguirán conociendo de los juicios en tanto la SCJN analiza de fondo la controversia.