Bravo Contreras precisó que la madrugada del sábado la servidora pública circulaba en su auto marca Nissan, tipo Sentra, año 2013 con placas YKE 8179 y que, de acuerdo con las pesquisas desahogadas, conducía con temeridad y bajo efectos del alcohol.
“Peritos de la Procuraduría General de Justicia, dentro de los protocolos que se aplican en todos los casos de este tipo, al momento de examinarla clínicamente encontraron indicios como aliento alcohólico y signos físicos para dictaminar que aún presentaba estado de ebriedad”.
Además, otros peritajes, como el de causalidad terrestre, indicaron que la conductora se desplazaba por arriba del límite de velocidad de la zona que es de 50 kilómetros por hora, lo que la ubica dentro del rango de “conducción temeraria”.
El Procurador expresó que la funcionaria municipal de Boca del Río se negó a que le realizaran los exámenes de sangre y orina, que darían luz sobre el grado de alcoholemia, lo que, para el Ministerio Público, representa un indicio de culpabilidad.
“Este dictamen emitido pericialmente, aunado al parte informativo del accidente donde se determinan las causas de la muerte del joven José Luis Burela López, fueron los factores para que el Agente del Ministerio Público Investigador negara el beneficio de la libertad bajo caución a quien conducía el automóvil, y que lo solicitara a través de un escrito presentado por su abogado defensor”.
Bravo Contreras anunció que se inició una investigación para determinar la responsabilidad en que habrían incurrido funcionarios de Tránsito Municipal de Boca del Río al intentar proteger a la indiciada, falseando la información que entregaron al Ministerio Público.
“No obstante que el delito de homicidio cometido por culpa u homicidio culposo admite la posibilidad de liberar a quien lo cometió bajo una fianza, ésta deja de tener efecto cuando concurre la circunstancia de que el automovilista responsable haya estado bajo los efectos del alcohol o conducido con temeridad”, añadió.
“Supuestos que se actualizaron en actuaciones y que, de acuerdo con la legislación penal en vigor, incrementa la penalidad a imponer por la comisión de este delito que eleva el término medio aritmético superior a seis años, impidiendo conceder el citado beneficio”.
La justicia en Veracruz, advirtió el servidor público, no se procura, nunca, bajo consigna o presión de nadie; “nunca se procura por colores partidistas o con tintes políticos o ánimos personales.”