26 de Abril de 2024

Propone el Gobernador nuevas reglas para Verificación Vehicular

 

El Congreso de Veracruz dio entrada hoy a la propuesta –durante su onceava Sesión Ordinaria–, y la turnó a las comisiones permanentes unidas de Medio Ambiente, Hacienda del Estado, y de Transporte, Tránsito y Vialidad para su estudio y análisis.

La iniciativa del Gobernador plantea que concesionar a particulares la operación de los verificentros –que con tecnología adecuada y de vanguardia revisarían el correcto funcionamiento de las fuentes contaminantes móviles–, permitiría un mayor control y contribuiría a mejorar la calidad del aire y proteger el medio ambiente.

Las concesiones para establecer, equipar, operar y explotar un verificentro serían por un plazo de 20 años y podrían prorrogarse hasta por un período similar. Para su otorgamiento, la Secretaría de Medio Ambiente (SEDEMA) deberá atender a las necesidades de los servicios de verificación de fuentes móviles en el Estado, con una distribución adecuada de los verificentros en los municipios, en proporción con el parque vehicular.

También procurará que estos centros se instalen en los principales núcleos de población, y su distribución permita a todos los habitantes del Estado tener acceso oportuno a sus servicios.

Se propone otorgar facultades en materia de prevención y control de la contaminación a la SEDEMA y a la Procuraduría de Medio Ambiente (PMA), para establecer y prestar el servicio público de verificación de calidad del aire en fuentes móviles, y limitar o prohibir la circulación de los vehículos cuyos niveles de emisión de contaminantes rebasen los límites máximos permisibles que marca el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria.

 Esta Reforma también establece que los propietarios de vehículos automotores de uso privado y de servicio público deberán  verificar sus unidades periódicamente, analizando las emisiones de contaminantes a la atmósfera, que no deberán rebasar los límites establecidos.

Cuando la verificación se realice fuera de los plazos que se establezcan en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, el infractor deberá cubrir a la Secretaría de Finanzas y Planeación una sanción por un monto de 20 a 60 días de salario mínimo general vigente en el área geográfica “A” del Estado.

En cuanto a la modificación a la Ley de Tránsito del Estado, la iniciativa plantea ordenar el retiro de la circulación de los vehículos que no porten la constancia de la verificación vehicular, depositándolos en “corralones” del estado o del municipio. También se exigirá que los vehículos al servicio de transporte público porten el engomado de verificación vehicular, como requisito para acreditar la Revista Anual del autotransporte público.