17 de Marzo de 2026

Corte elimina de ISSSTE criterio sobre concubinato

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  • SCJN eliminó el requisito de vivir cinco años en pareja para tener derecho a una pensión y a servicios de salud

AGENCIAS

CIUDAD DE MÉXICO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el requisito de vivir cinco años en pareja para tener derecho a una pensión y a servicios de salud por concubinato, establecido en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Con este fallo, el pleno modificó el criterio aprobado hace 10 años por la anterior integración de la Corte al considerar que se está ante una nueva realidad y nuevos modelos de familia.

La resolución aprobada ayer por seis votos contra dos derivó del caso de un hombre que solicitó al ISSSTE la pensión por concubinato, con motivo del fallecimiento de su pareja.

Al respecto, el pleno aprobó el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, quien dijo que el cambio de criterio va a reforzar y proteger a las personas que viven en concubinato.

En contraste, la ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió que eliminar el requisito de convivencia mínima de cinco años para acreditar el concubinato generaría un riesgo presupuestal para el sistema de pensiones del ISSSTE.

Lo anterior, porque afirmó "que cualquier persona podría reclamar dicho carácter sin exigencias temporales objetivas, en tanto todos somos potencialmente concubinos de otros".

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