
-Votaron a favor de la anulación los magistrados Manuel González Oropeza, ponente en el caso; María del Carmen Alanís, Salvador Nava Gomar y el Presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza
AGENCIAS
Por mayoría de cuatro votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección de gobernador del estado de Colima por la intervención del Gobierno local en ese proceso, por lo que ordenó al Congreso local convocar a nueva elección extraordinaria.
Votaron a favor de la anulación, los magistrados Manuel González Oropeza, ponente en el caso; María del Carmen Alanís, Salvador Nava Gomar y el Presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza.
En contra votaron el Magistrado Pedro Esteban Penagos y Flavio Galván, pues ambos consideraron que las elecciones deben declararse válidas.
Al rechazar la nulidad, pidieron no afectar al 60 por ciento de ciudadanos que emitieron su voto -casi 300 mil- si no se acreditó que la influencia del Gobierno sí haya incidido en los resultados.
Penagos expuso que, a su juicio, si bien se comprobó la intervención de funcionarios del Gobierno local, esto debió haber sido material y con impacto en el resultado de la elección para ameritar la anulación.
En el debate, el Magistrado Presidente Carrasco Daza dijo que esta sentencia obliga a todos los funcionarios públicos a tener una actuación de moderación y prudencia, “nos debemos automarginar de los procesos electorales”, pues no hacerlo puede llevar a deslegitimar una elección.
Al exponer su postura, el Magistrado ponente González Oropeza lamentó tener que votar por la anulación, por la participación del Gobierno de la entidad.
“Esta disposición, si bien es constitucional y legal, ¿hasta qué punto es adecuada?, pues implica anular la elección cada vez que una autoridad intervenga… ¿Es justo que esa elección, que implica miles de ciudadanos, sea anulada por la responsabilidad de las autoridades? Esto debe discutirse próximamente. Pero mientras se discute y aplica la norma, no tenemos más que aplicarla”.