24 de Abril de 2024

Implementan a nivel local la Reforma  Federal al Sistema de Justicia Laboral

 

 

 

·         Prevé dotar de atribución al Poder Legislativo para expedir la ley que regule la organización y atribuciones del Centro de Conciliación Laboral.

Las diputadas integrantes de las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Trabajo y de Previsión Social, del Congreso del Estado, presentaron ante el Pleno, de la LXV Legislatura estatal, el Dictamen de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Veracruz, en Materia de Implementación a Nivel Local de la  Reforma  Federal  al Sistema de Justicia Laboral.

Iniciativa enviada por el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, y que conociera el Pleno de este Congreso, en la Sesión Ordinaria del pasado 20 de noviembre de este año,  que prevé dotar de atribución al Poder Legislativo para expedir la ley que regule la organización y atribuciones del Centro de Conciliación Laboral; y otorgar al Poder Judicial la facultad para dirimir controversias en la materia.

En el Dictamen de Decreto, queda establecido que en  Ia conciliación, en  materia laboral,  regirán  los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, igualdad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.

En el mismo, que los principios del proceso serán inmediación, inmediatez, continuidad, celeridad, veracidad, concentración, economía y sencillez procesal, publicidad, gratuidad, realidad sobre los elementos formales que lo contradigan, oralidad y conciliación;  en  tanto de sus sentencias  y  resoluciones serán legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia, respetando las disposiciones al respecto en materia de valoración de pruebas y contenido de Ia Ley Federal del Trabajo.

Las autoridades deberán, señala, “privilegiar Ia solución del conflicto sobre los formalismos, siempre y cuando no se afecte Ia igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos”; y en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido.

El Centro de Conciliación local en materia laboral, se destaca, será un organismo descentralizado, dotado de autonomía técnica, operativa,  presupuestaria, de decisión y de gestión, así como de personalidad jurídica y patrimonio propio, responsable de Ia función conciliatoria a que se refiere Ia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ia Ley Federal del Trabajo, y demás ordenamientos jurídicos estatales.

Este Dictamen fue aprobado con 41 votos, sin abstenciones o votos en contra. Previamente se declaró que este punto sería bajo el esquema de Procedimiento Especial, toda vez que resultó de modificaciones derivadas de un mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De esta manera, la LXV Legislatura realizó la declaratoria correspondiente e instruyó remitirse el Decreto al titular del Poder Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

En los posicionamientos y en nombre del Grupo Legislativo de Morena, la diputada Adriana Esther Martínez Sánchez explicó que la propuesta del Ejecutivo implica la adecuación de los artículos 4, 33 y 56 del texto constitucional veracruzano, con el objeto de establecer los principios de la conciliación y la justicia laborales, así como dotar de atribuciones al Congreso y al Poder Judicial para su efectiva implementación en la entidad.

Dijo que hoy, al visibilizarse los derechos de las y los trabajadores mediante el compromiso e interés del Gobernador y del trabajo elaborado en esta Soberanía, “no solamente se está a punto de acatar un mandato constitucional, sino que además se posibilitará a las y los trabajadores veracruzanos acceder a una justicia más eficaz y expedita”, añadió.

Destacó el papel que asumirá el Poder Judicial en torno a la solución de conflictos entre trabajadores y patrones, lo que –consideró- implica un reto administrativo y de organización, particularmente en lo referente a la recepción de los expedientes que se encuentran en curso en las Juntas de Conciliación y Arbitraje para darles trámite y resolución, motivo por el que surge la figura de los jueces laborales, expuso.