21 de Septiembre de 2024

Interesados en Trámites Fiscales

La mayoría de los solicitantes tramitan vía electrónica

Liz Martínez

Tuxpan

 

A raíz de la facilidad dada a las personas morales para la suspensión de actividades, que se presentó por única vez con vigencia de un año, en esta ciudad una docena de contribuyentes hicieron la solicitud siendo aprobadas más del 50 por ciento de ellas, dio a conocer el Administrador local de Asistencia al Contribuyente, Mariano Coyado Violante.

Los requisitos para ello son que el interesado esté al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, que el domicilio fiscal se encuentre como localizado, que no sea de las empresas que se publicaron en el SAT como irregulares y debe suspender todas sus actividades económicas conforme a la ficha 177 del Código Fiscal.

Explicó el Administrador que anteriormente no se podía efectuar la suspensión de actividades con la Reforma del Código Fiscal del 2009, debido a que sólo era para personas físicas.

De los 12 interesados en la suspensión de este lugar, 10 fueron aprobados y dos están en análisis para que se les pueda otorgar la opción de suspensión de actividades como lo solicitaron.

Finalmente recordó Coyado Violante que se puede efectuar éste y otros trámites vía internet de acuerdo a lo que establece el libro 1- 2- 5- 26, que indica que no es necesario acudir a los módulos, pero si requieren aclarar algún dato podrán hacerlo, aunque el 90 por ciento de los trámites actuales son a través de la página contando con el Registro Federal del Contribuyente (RFC) y contraseña o con la Firma Electrónica (FIEL).