27 de Febrero de 2025

Se acaban descuentos en impuesto Predial

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  • Jueves 27 y viernes 28 de febrero, últimos días de beneficio

Redacción

Tuxpan

Este 27 y 28 de febrero son los últimos días para obtener importantes descuentos en el pago del Impuesto Predial 2025, informó la Dirección de Ingresos del gobierno municipal.

Por este motivo, se invita a los contribuyentes a realizar el pago a más tardar en esas fechas, ya que les permitirá gozar de los beneficios del 20 % de descuento para la población en general y del 50 % para las personas pensionadas, jubiladas y adultos de la tercera edad.

El cobro se realiza de 9:00 a 14:00 horas, en las ventanillas ubicadas en la planta baja de la presidencia municipal, tanto para quienes pagan el año 2025 como para quienes presentan adeudos de años anteriores.

El propósito de este llamado es que los ciudadanos eviten multas y recargos, y puedan mantenerse al corriente con sus impuestos.

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Las personas pensionadas o jubiladas deberán acreditar ser propietarios del predio y presentar la siguiente documentación: credencial de pensionado o jubilado, comprobante de último pago de pensión recibido y último recibo de pago de impuesto predial, así como credencial de elector con domicilio del predio, para acreditar su casa-habitación.

Dicha reducción aplica siempre y cuando el impuesto a pagar con el descuento no sea menor o igual al pago mínimo de 3.288 UMAS vigentes, establecido en los artículos 118, 121 y 122 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz.

Los adultos mayores de 60 años deberán presentar copia de su credencial de elector vigente con domicilio del predio que habita y copia de la credencial del INAPAM. Este beneficio se aplicará únicamente para el predio que habite, además de que el valor catastral no debe ser mayor a las 6,577.667 UMAS, lo que equivale a $744,197.24 pesos tope durante el mes de febrero.

Lo anterior está basado en lo establecido en el artículo 116 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz. La base del impuesto predial será el valor catastral de terreno y construcciones que determine la Dirección de Catastro Municipal con fundamento en el artículo 38 de la Ley de Catastro.