9 de Mayo de 2024

MÉXICO TRATA DE CALMAR A EU POR LEY DE SEGURIDAD

RAÚL RODRÍGUEZ CORTÉS

Funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores han sostenido reuniones con diplomáticos de la embajada de Estados Unidos, para explicar el sentido y alcance de la reforma a la Ley de Seguridad Nacional aprobada el miércoles por el Senado para regular la operación de agentes extranjeros en territorio nacional.

Salieron al paso así a una primera interpretación de Washington de que se pretendía restringir la cooperación bilateral en seguridad y la inmunidad diplomática de personal de agencias como la DEA, el FBI y la CIA, entre otras.

Como le comentaba aquí el pasado 20 de noviembre (“La DEA y sus débiles pruebas contra Cienfuegos”: los múltiples atropellos cometidos desde 1930 por agentes estadounidenses en México, dieron lugar a que el 3 de julio de 1992 se publicaran en el Diario Oficial de la Federación las normas que hasta la fecha regulan la estancia temporal en México de los agentes representantes de entidades de gobiernos extranjeros. Entre otras: acreditarse ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, no andar armados, no asumir tareas que solo le corresponden a la justicia mexicana e informar a las autoridades de nuestro país de sus pesquisas.

Más allá de la acreditación ante la Cancillería, las otras normas eran letra muerta. El caso más reciente es el del general Salvador Cienfuegos. La DEA no le informó al gobierno mexicano que lo investigaba, ni lo obtenido en las pesquisas, ni que lo detendría al tocar territorio estadounidense. En este y otros casos eran francas violaciones a nuestra soberanía.

Cuando el gobierno mexicano hacía las reclamaciones pertinentes, práctica poco común durante las últimas administraciones, el estadounidense argumentaba el desconocimiento de un acuerdo emitido por las autoridades mexicanas (en aquel momento la PGR), no vinculante para ellos, ni contenido en las leyes federales de nuestro país, ni especificado en convenios de cooperación binacional.

Lo que se hizo ahora con esta reforma –explican fuentes jurídicas de la Cancillería– fue subir las reglas del decreto de 1992 a la legislación federal, la correspondiente a la Seguridad Nacional. Se refuerza así, desde el nivel legal federal, el papel de control de esas operaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, no solo como acreditadora de esos agentes sino como garante de que solo harán tareas de inteligencia de cuya realización y resultados deben informar al gobierno mexicano, son que operen armados ni puedan realizar detenciones.

Tocará a la Cancillería, asimismo, ser la ventanilla de gestión para los encuentros o consultas con las autoridades estatales y municipales. Que se violaba la soberanía de esas instancias con tal restricción, fue uno de los argumentos de quienes se oponían en el Senado a la reforma. Pero formúleselo así: ¿acaso los agentes de nuestro Centro Nacional de Inteligencia (antes Cisen) gestionan por sí mismo encuentros con agencias, gobernadores o alcaldes estadounidenses? No, lo hacen a través del Departamento de Estado.