- Presenta diputada una iniciativa para reformar la Ley Estatal del Servicio Civil
Agencias
Xalapa
La diputada Maribel Ramírez Topete presentó una iniciativa en la que propone que la Ley Estatal del Servicio Civil proteja el derecho de las mujeres trabajadoras a la estabilidad en el empleo durante el periodo de lactancia extendida y la equiparación de la licencia por paternidad, en pro de la corresponsabilidad parental.
En la Cuarta Sesión Ordinaria del Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, la legisladora expuso que el objeto de su planteamiento es garantizar, en la norma relativa a las relaciones laborales de carácter público y como derechos laborales de las mujeres trabajadoras de los tres poderes del Estado y de sus organismos paraestatales, organismos autónomos y ayuntamientos, un periodo extendido de lactancia y prever un área digna, privada, higiénica y accesible para tal fin.
La propuesta de modificar el Artículo 51 de la Ley Número 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz también prevé que a los trabajadores al servicio del Estado se les equipare la periodicidad de la licencia por paternidad remunerada para que se involucren en la etapa de postparto para el cuidado de las hijas o hijos.
En el mismo sentido, ampliar la periodicidad de licencia a las trabajadoras que adopten a un infante mediante la equiparación del tiempo de la licencia por concepto de paternidad con la de maternidad, en virtud de la corresponsabilidad en la crianza de las hijas e hijos.
De acuerdo con lo planteado por la diputada presidenta de la Comisión Permanente para la Igualdad de Género, las trabajadoras disfrutarían del derecho a la maternidad, gozarían de 90 días naturales de descanso contados a partir de la fecha de expedición de la incapacidad médica por la institución pública que otorgue la seguridad social.
Durante la lactancia, tendrían derecho a dos reposos por día de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día de una hora, para amamantar a sus hijos o hijas o para realizar la extracción manual de leche en el lugar digno, adecuado, higiénico y accesible que designare la institución o dependencia dentro de sus instalaciones.
También propone que en los períodos de descanso las trabajadoras gestantes y lactantes perciban su salario íntegro. En el caso de adopción, las trabajadoras disfrutarían, con goce de sueldo, de 90 días naturales de descanso posteriores al día en que reciban al infante.
Por último, los trabajadores tendrían derecho a una licencia de paternidad con goce de sueldo por 90 días naturales a partir del nacimiento o adopción del menor.