7 de Julio de 2026

Se ampara Lozoya

 

  • Promueve nuevo amparo, tras obtener libertad condicional

Agencia

Ciudad De México17b

Gilda Susana Lozoya Austin promovió un nuevo juicio de amparo contra actos privativos de la libertad, orden de aprehensión y presentación en su contra, ya que está acusada por su presunta responsabilidad en operaciones con recursos de procedencia ilícita, relacionado con el caso Agronitrogenados. Para que la medida cautelar surta efecto tendrá que pagar una garantía de 29 mil pesos.

En la audiencia inicial del viernes pasado, la Fiscalía General de la República (FGR) la imputó de conocer y participar en acciones con las cuales en 2012 se “lavaron” 3.4 millones de dólares que su hermano recibió como soborno por parte del accionista mayoritario de Altos Hornos de México, Alonso Ancira, para que Pemex adquiriera la empresa Agronitrogenados.

No obstante, Nora Ileana García Peralta, jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte, dejó en libertad condicional a la hermana del ex director de Pemex, Emilio Lozoya, y será mañana cuando determine si la vincula a proceso por su presunta participación en operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Ese día, la togada consideró que la FGR no aportó pruebas de que investigó durante los últimos tres años el paradero de Gilda Susana, ni de que la citó a comparecer ante el Ministerio Público y tampoco que le haya solicitado que acudiera ante autoridades judiciales.

Además, la juzgadora federal calificó de legal la detención, pero determinó que el Ministerio Público no aportó elementos de prueba para dictarle prisión preventiva mientras se resuelve su situación jurídica.

La hermana de Emilio Lozoya, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), tramitó el recurso el 1 de julio, el mismo día que fue aprehendida en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) al descender del vuelo KL-685 procedente de Ámsterdam y puesta a disposición de García Peralta.

Al respecto, el juez Carlos Alberto Rico Mondragón, del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en Ciudad de México le concedió la medida cautelar.

Señaló que, si el delito por el cual se emitieron las órdenes reclamadas amerita prisión preventiva oficiosa, de conformidad con el artículo 166, fracción I, de la Ley de Amparo, la suspensión sólo producirá el efecto de que la quejosa, una vez que sea detenida, quede a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo sólo en lo referente a dicha libertad, pero a disposición de la autoridad que deba juzgarla, para la continuación del procedimiento.

También dijo que si las órdenes reclamadas se relacionan con un delito que no amerite prisión preventiva oficiosa, el efecto de la medida cautelar es para que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y no se prive de la libertad personal.

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