Los inspectores de la Comisión Nacional de acuacultura y Pesca (CONAPESCA), son los que vigilan y confiscan el producto a los que mal entienden que con ese permiso pueden pescar para posteriormente vender lo obtenido, sin embargo, no es posible hacerlo de esa forma, porque simplemente no hay permisos reiteró Hernández Mosiño.
En el río está prohibido usar redes, ya que para fines de recreación o deportivos no se permite dicho instrumento, sino únicamente una caña por persona. De ahí que constantemente cuiden que no se cometa ese delito.
En México se destinan exclusivamente a la pesca deportiva, dentro de una franja de 50 millas náuticas contadas a partir de la línea de base, desde la cual se mide el Mar Territorial, un total de seis especies: tres denominadas como "picudos" (Marlin; Pez Vela y Pez Espada) además del Sábalo, Pez Gallo y Pez Dorado.
CONAPESCA, indicó que está prohibido realizar actos de pesca comercial al amparo del permiso de pesca deportiva o simular actos de pesca deportiva con el propósito de lucro. Se prohíbe también el desembarco de ejemplares fileteados y sólo podrán destinarse a su consumo doméstico o para su montaje en taxidermia.
El pescador deportivo debe respetar las disposiciones federales en cuanto a tallas mínimas, vedas y sólo podrá utilizar caña o línea con anzuelo, carnada o señuelo. Los límites de captura son cinco ejemplares diarios por pescador en aguas continentales y 10 en aguas marinas,
Es así que la pesca deportivo – recreativa es la que se práctica con fines de esparcimiento o recreación con las artes de pesca previamente autorizadas por la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS). Los permisos se expedirán a personas físicas nacionales o extranjeras y serán individuales, improrrogables e intransferibles.