24 de Septiembre de 2024

Renuevan señalamientos

 

El incumplimiento a los preceptos de la Ley General para el Control del Tabaco, cuyas disposiciones y Reglamento se pueden consultar en la página www.cofepris.gob.mx, puede ser sancionado administrativamente por las autoridades sanitarias, en principio con una llamada de atención o amonestación con apercibimiento, pasando a las infracciones económicas.

Dichas multas pueden ser de 100 hasta cuatro mil veces el salario mínimo vigente, según las normas que se incumplan, y en caso de persistir en el desacato a las disposiciones, las autoridades sanitarias podrían proceder a clausurar el establecimiento ya sea temporal o definitivamente, de manera parcial o total, según las características de su actividad y la gravedad de la infracción.