25 de Septiembre de 2024

Validez oficial a matrimonios gay

 

Derivado de la citada publicación, los magistrados de todo el país deberán dar cumplimiento a la norma que determina que, para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se hallan en una situación equivalente a las heterosexuales, de modo que es injustificada su exclusión del matrimonio.

Destaca la resolución que pretender vincular los requisitos del matrimonio a la procreación y a las preferencias sexuales de las personas, es discriminatorio, ya que excluye del acceso a la institución a las parejas homosexuales situadas en condiciones similares a las heterosexuales.

Puesto que la finalidad constitucional del matrimonio es la protección familiar, a partir de este día se califica como "no idóneo" que algunas legislaciones limiten su función a la procreación, y vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales se considera discriminatorio, ya que éstas no constituyen un aspecto relevante en materia de proteger a las familias.