21 de Abril de 2025

La vida de todas las personas dentro de una comunidad se desarrolla al amparo de un sistema legal determinado que establece en favor de aquellas, una serie de derechos y obligaciones. Los primeros -los derechos-, son las facultades o atributos que posee la persona por el simple hecho de serlo, y que los demás miembros de la comunidad –incluidas la instituciones gubernamentales-, se obligan a respetar, acatar o satisfacer, en favor de los titulares de los mismos. En su denominación más genérica, pero más significativa a estas atribuciones que poseen todas las personas, se les llaman: “Derechos Humanos”, de entre los que destacan de manera muy importante: el derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad, a la igualdad y a la seguridad jurídica.

De estos derechos fundamentales a los que se les denomina también, “Garantías Individuales”, se derivan otra serie derechos que se agrupan dentro de la misma denominación, que revisten también una gran importancia, como son entre otros: el derecho al trabajo, a la educación, a la salud, al domicilio, a la libre manifestación de la ideas, a la libertad de reunión o asociación, a la libertad de creencia religiosa,  al derecho de vivir en un medio ambiente sano, al de poseer armas para nuestra defensa, al derecho de petición, etcétera.

Para hacer posible la existencia de estos derechos, es necesario que el ejercicio, que la práctica de ellos se rodeen de una serie de condicionantes que hagan posible al mismo tiempo, la armonía y la interdependencia social. En efecto, el titular de esos derechos no está sólo, sino que convive en su entorno con otros miembros de la comunidad y consecuentemente la utilización de los beneficios que otorgan tales derechos, deberá hacerse en tal forma que con la práctica de ellos, no se perjudique o afecte el derecho de otras personas (el ejercicio de mis derechos termina en donde empieza el ejercicio de los derechos de otros). No estamos en consecuencia, frente a derechos absolutos, sino ante facultades relativas que al practicarse, deben armonizarse y delimitarse frente a los derechos de los demás, que son igualmente valiosos y su acatamiento debe hacerse de manera imperativa, so pena de quebrantar el orden social, en caso de que un individuo determinado pretenda ejercerlos en forma absoluta, sin respetar la esfera de protección de los derechos de los otros. En otras palabras: el abuso en el ejercicio de los derechos de una persona, opera en detrimento, en daño del derecho de otros. Sólo así y exclusivamente de esta forma, debe entenderse la existencia y la práctica de los derechos humanos de las personas.

Lo anterior significa que frente a esos derechos, existen a nuestro cargo, el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes que repito, hagan posible la vida en común. No pueden existir derechos, sin la presencia de obligaciones correlativas. Este es un imperativo lógico. Por ejemplo: Nadie puede ejercer sus derechos de reunirse o asociarse para tratar algún asunto, a condición de que esta reunión o asociación de personas sea en forma pacífica, que el objeto de la reunión o asociación sea lícita, que no se profieran injurias contra autoridades o personas, que no se hiciere uso de violencia o amenazas y no se cometan delitos. Si por el contrario, los manifestantes alteraran con sus conductas el orden público, afectaran los derechos de terceros o cometieran algún delito, esas manifestaciones ilícitas deberán ser investigadas por las autoridades y los culpables deberán ser sancionados  por el rompimiento del orden legal.

Este es el caso de los llamados bloqueos que con el pretexto de hacer una petición, elevar una protesta o hacer una denuncia, realizan muchas personas afectando con ello, el derecho de libre tránsito o de la libertad de trabajo o comercio, que impiden u obstaculizan el ejercicio de esos derechos a otras personas. 

Todos exigimos de las autoridades,  respeto al ejercicio de nuestros derechos, pero olvidamos con frecuencia que ese ejercicio conlleva a la observancia de numerosas limitaciones que se transforman en obligaciones que deben satisfacerse para hacer factible el ejercicio de tales derechos. De no acatar dichas obligaciones, estaríamos haciendo prácticamente nugatorio el ejercicio de nuestros derechos al haber puesto en peligro o propiciado el rompimiento del equilibrio social.

Por virtud de que las obligaciones que imponen tanto la propia Constitución Política  como las leyes emanadas de ella, son frecuentemente olvidadas, ignoradas o violentadas por numerosas personas, es el momento en que la autoridades, en cumplimiento a los dispuesto por la fracción II del artículo 31 Constitucional, aplique el contenido de este precepto que señala lo siguiente: “Son obligaciones de los mexicanos: II.- Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en donde residan, para recibir instrucción cívica……”, QUE MUCHO NOS HACE FALTA, para instruir a la población, no sólo en el ejercicio de sus derechos, sino EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.  

Me parece que las Comisiones de Derechos Humanos, que existen, tanto a nivel federal como estatal e inclusive municipal, debieran arrogarse la tarea de velar no sólo por el respeto a los derechos de las personas, sino también, al cumplimiento de sus obligaciones. Para tal efecto, se deben realizar intensas campañas, reuniones, seminarios, cursos y publicación de folletos sobre, para dar a conocer y capacitar a todas las personas, sobre los siguientes aspectos:

a) Las limitaciones que presentan en cada caso el ejercicio de cada uno de los DERECHOS HUMANOS;

b) La existencia de otra serie de OBLIGACIONES HUMANAS, cuyo cumplimiento de parte de todos nosotros, no es voluntario sino imperativo, por estar contenidas en ordenamientos legales.

En efecto, el cumplimiento cabal de las leyes, en cuanto a todas las obligaciones que tenemos tanto frente a las instituciones gubernamentales como ante otros individuos y a la sociedad en su conjunto, es un tema muy olvidado en la actualidad. Todas las personas dicen tener derecho a casi todo, pero olvidan o ignoran que también tienen numerosas obligaciones que cumplir, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales.

En no pocas ocasiones se ha dicho y no sin razón, que el tejido social se encuentra roto. En efecto, la paz, la armonía, la interdependencia social se alteran muy frecuentemente porque, frente a los mexicanos amantes del orden y la legalidad (que son afortunadamente muchos), se encuentran aquellos pocos que reiteradamente fracturan el orden, la convivencia y la organización social ocasionando con ello, daños a otras personas y a la colectividad, puesto que se quebrantan sus derechos, se afectan  y se dañan sus intereses jurídicamente protegidos a veces, ante la pasividad de las autoridades encargadas de hacer respetar el estado de derecho las que, con el fin de no ser acusadas de represoras, prefieren buscar una inútil conciliación, en lugar de aplicar la ley a los infractores.